¿Es legítimo castigar con la pena estatal el mero hecho de fundar o pertenecer a una organización criminal?, ¿el Derecho Penal debe hacerse cargo, con sus instrumentos, del fenómeno de las organizaciones criminales? Esta obra aborda el problema central que subyace a la respuesta penal contra la delincuencia organizada en todos los Estados contemporáneos: la legitimación jurídico-penal de la reacción estatal. Frente a las concepciones preventivas —que instrumentalizan a la persona y colisionan con los principios del hecho y culpabilidad—, el autor ofrece una fundamentación racional alternativa: solo desde una teoría funcional-retributiva de la pena resulta posible justificar la intervención penal sin renunciar a las garantías propias de un Estado de libertades. A partir de un análisis riguroso de los ordenamientos peruano y español, la obra demuestra que el delito de organización criminal no sanciona meros actos preparatorios ni la peligrosidad del autor, sino un injusto sistemático autónomo: la creación de una organización normativamente insegura que, por su mera existencia, lesiona actualmente el derecho ciudadano a la seguridad. Para ello, se desarrolla una visión institucional de la seguridad como condición para el estado de libertades y, esencialmente, como cometido estatal primario: la pacificación de la sociedad. Esta reinterpretación, que integra la teoría de los deberes negativos y positivos, permite delimitar con precisión el ámbito de aplicación legítima del delito de organización criminal, rechazando interpretaciones extensivas contrarias al principio de hecho y de culpabilidad. Esta obra no solo ofrece una revisión crítica de las categorías tradicionales —como el bien jurídico o la posición de garante —, sino que construye un modelo dogmático coherente que armoniza la necesaria anticipación penal frente al crimen organizado con las exigencias irrenunciables de un Derecho Penal de la culpabilidad. De este modo, ofrece una respuesta racional al autor sobre por qué debe tolerar la pena estatal —prevista en el delito de organización criminal— y explica cómo la institución penalmente garantizada —seguridad—se erige como condición positiva de la libertad. Una contribución imprescindible para comprender los fundamentos y límites de la intervención penal en uno de los fenómenos criminales más complejos de la sociedad contemporánea.
Elian Mauricio Camere Figueroa.
Candidato a Doctor en Derecho por la Universidad de Sevilla. Magíster por la Universidad de Sevilla en el «Máster Universitario en Derecho Penal y Ciencias Criminales». Abogado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM – Decana de América). Excoordinador general (2023) del Taller de Dogmática Penal de la UNMSM (con Resolución Rectoral N.º 05901-R-03). Cuenta con experiencia en litigios penales en casos de Derecho Penal de la empresa, lavado de activos, organización criminal y extinción de dominio.
Ha sido ponente en diversos congresos y seminarios sobre Derecho Penal. Cuenta con diversos diplomados de especialización, destacando el Curso Internacional «Fundamentos y principios del derecho penal contemporáneo» (febrero y marzo del 2023) organizado por la Universidad Externado de Colombia y su Centro de Investigación en Filosofía y Derecho, y en colaboración con el Área de Derecho Penal de la Universidad Pompeu Fabra (Barcelona – España).
Ha publicado artículos académicos en la Revista «Derecho Penal y Criminología» de la Universidad Externado de Colombia. Destacando sus publicaciones sobre «De nuevo, el derecho penal del enemigo: una necesidad para asegurar las condiciones de juridicidad» (2023), «Un Problema Capital de la Criminalidad Organizada: La Legitimación Jurídico-Penal del Artículo 317 del Código Penal Peruano» (2025). Asimismo, destaca su publicación en la Revista Oficial del Poder Judicial titulada: «La omisión impropia en el delito de violación sexual» (2026).